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Se comenzó a utilizar CFD este mes por medios propios, ¿hasta que día puedo reportar los CFD emitidos del mes? Tengo una vaga idea que hay un margen de tolerancia de 5 días, espero que alguien que me confirme. Gracias por anticipado. |
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juanefren, En pocas palabras... todo el mes siguiente. Dicho de otra forma para el reporte de diciembre tienes hasta el 31 de enero. Ten cuidado de no retrasarte ya que si incumples en el plazo durante dos meses consecutivos, o bien, en tres meses no consecutivos, en el mismo ejercicio fiscal tendrás que adoptar el esquema de CFDI. |
las buenas preguntas y respuestas.
para aceptar una buena respuesta a tu pregunta.
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