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es una empresa del regimen simplificado y no se si en noviembre todavia esta obligada a presentar los listados de ietu |
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Hola: Si optaste por acogerte al decreto publicado el 30 de junio del 2010 “Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria”, desde mi punto de vista no estarías obligado a presentar el listado del IETU del mes de noviembre, tampoco el de diciembre. En caso contrario deberías de seguir presentando tu listado mensual del IETU, tanto del mes de noviembre como el de diciembre, según lo siguiente. ARTÍCULO PRIMERO. Refiriéndose al artículo 22, segundo párrafo de la Ley de Ingresos de la Federación 2010, de donde se desprende que: SITUACION ANTERIOR AL DECRETO. Los contribuyentes del IETU que acrediten el impuesto tanto en pagos provisionales como en el impuesto del ejercicio, tienen la obligación de presentar a las autoridades fiscales, en el plazo establecido para la presentación de los pagos provisionales y de la declaración del ejercicio, la información correspondiente de los conceptos (ingresos, deducciones y créditos fiscales) que sirvieron de base para la determinación del IETU tanto de pagos provisionales como del ejercicio. A PARTIR DEL 1 DE JULIO DEL 2010. En base al articilo primero de dicho decreto, los contribuyentes tienen la opción de elegir y presentar únicamente la misma información correspondiente al ejercicio fiscal, con la condición de que se presente dicha información dentro del mes siguiente al término del ejercicio, aplicando para este fin las reglas, medios y formatos que el SAT dará a conocer más adelante. Espero haberte ayudado. Saludos |
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