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Buen dia contadores(as)

Ojalá puedan auxiliarme

En frontera este tipo de operación es mas común de lo que parece. Comercializadora mexicana realizá importaciones para un cliente mexicano, la comercializadora entrega factura que ampara el valor de la mercancía y considera para tal efecto el valor en aduana mas impuestos y gastos aduanales

La duda radica en lo siguiente:

  1. El pedimento de importacion esta a nombre de la Comercializadora mexicana (importadora)
  2. El cliente, por asi darse la negociación, pagó directamente al proveedor extranjero el valor de la mercancia Ej. 100,000
  3. La comercializadora entrega factura al cliente por 105,000
  4. El cliente paga a la comercializadora solo 5,000
  5. Para darle la figura de pago a través de terceros la comercializadora debería haber expedido cheque nominativo o realizado transferencia bancaria al cliente para que este último fungiera como tercero sin embargo No existió transferencia de dinero de la comercializadora hacia el cliente por los 100,000 ya que el cliente debería posteriormente de pagar esa misma cantidad a la comercializadora para saldar la factura que le ha sido proporcionada por esta
  6. Para darle formalidad a lo anterior se elaboró contrato de mandato entre la comercializadora y el cliente donde se hace mención de estas operaciones

Como pueden ven todo lo anterior tiene implicaciónes tanto para el cliente como para la comercializadora

De qué forma la comercializadora puede sustentar este tipo de operaciones para evitar que la autoridad desapruebe la dducibilidad de sus compras de importacion puesto que no existieron erogaciones por parte de la comercializadora hacia el proveedor extranjero

Repito, no es la primera vez que escucho sobre este tipo de operaciones en frontera

Agradezco todos sus comentarios

preguntado 21/Feb/11 12:24

jkarloz's gravatar image

jkarloz
16112

editó 25/Feb/11 09:14

Carlos%20Guti%C3%A9rrez's gravatar image

Carlos Gutiérrez ♦♦
1263182249


Espero haberte entendido en tu pregunta (esta un poco complicada), pero lo que tu estas hablando es de la actividad de un "Agente aduanal", que se encarga de cruzar por la aduana tu mercancia junto con todo el rollo administrativo que conlleva, mientras tu como "Cliente" solo te enfocas en negociar con el "Proveedor" y adquirir y pagar la mercancia, en este caso el "Agente aduanal" expide una factura solo por el valor de sus servicios en aduana con su respectivo IVA, adjuntadote en la misma factura una cantidad que pago a cuenta del "Cliente" por IVA,DTA,PRV y otros impuestos aduanales,pero estos el "cliente" se los debe al "agente".

Y el cliente hace deducible su IVA y ampara la propiedad de su mercancia en el "pedimento aduanal", mientras que es deducible el valor de la mercancia hasta que se la paga al "Proveedor".

Espero que te sirva la respuesta.

asesoriacofi@live.com.mx

respondido 07/Mar/11 13:44

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AsesoriaCoFi
5353512

editó 08/Mar/11 10:57

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pregunta realizada: 21/Feb/11 12:24

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última modificación: 08/Mar/11 10:57