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Tengo un cliente que compro un Auto, pero él no contaba con un buen historial crediticio, pidiendo de favor a un Tercero que lo comprara, pero el que lo esta pagando es él (mensualidades), en este caso que puedo hacer para deducir ese auto???, y si se considera una Depreciación?? Muchas Gracias por su apoyo. Saludos

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Muchas Gracias por su Respuesta tan completa, yo había pensado efectuar un Contrato de compra venta especificando las mensualidades con intereses, la cuestión es que el tercero no cuenta con facturas ni recibos y ahí es donde yo tengo el problema principal cree que con el puro contrato donde especifico todo sea mi comprobante????

preguntado 13/Jun/11 11:41

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videojuegoscm
136212127

editó 14/Jun/11 13:55


Hola:

Una vez que tomes en cuenta lo comentado anteriormete, yo creo que si puedes celebrar contrato de compra venta, mejor si es ante Notario o Corredor Público, para darle formalidad a la operación, que igualmente te endose la factura indicando el monto y ya estás en posibilidad de deducirlo sin poder acreditar IVA.

SALUDOS

respondido 14/Jun/11 19:40

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jfrida
25773533

editó 14/Jun/11 19:49

YO ESTOY EN LA MISMA SITUACION, ESPERO QUE PUEDAS COMPARTIR TUS RESPUESTAS CUANDO LAS RECIBAS, SALUDOS

respondido 13/Jun/11 16:49

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cybear50
768810

Hola:

Mira probablemente, aunque es enredado y riesgoso, hay que hacer una triangulación lo cual es un poco riesgoso, te explico la dinámica.

El que está pagando el coche (el comprador real) tendría que pagarle a la persona que saco el auto (el que prestó el nombre) y esta a su vez pagar el auto en la agencia o la arrendadora financiera, ya que la persona moral que otorgo el crédito está sacando los recibos a nombre del que está firmando el contrato.

Es un poco enredado y riesgoso y claro hay que hacer comprobantes de la compra venta, pero si es legal y aunque se puede argumentar que va a crear una acumulación de ingresos para el que está en medio de la operación (el que prestó el nombre) finalmente está teniendo un gasto fácil de comprobar por la misma cantidad así que no se genera utilidad alguna, claro hay que armar todo bien para que las declaraciones de ambas personas no se vean afectadas.

Y ahora si ya lo puedes hacer deducible si reúne los demás requisitos para serlo, es decir que tengas la factura, que este a nombre del contribuyente, lo hayas pagado con cheque nominativo o transferencia bancaria, y lo más importante que sea indispensable para la obtención de tus ingresos.

Para efectos de I.S.R. debes depreciar (aplicar a gastos) el 25% anual, divide este importe entre 12 y lo cargas a gastos mensualmente. Estos activos se deprecian en 4 años.

El I.V.A. lo vas a acreditar (a disminuir) en los meses y en las cantidades como lo vayas pagando.

Para efectos del I.E.TU., también lo vas a deducir en los meses y en las cantidades como lo vayas pagando.

Es importante mencionar, que sólo podrás deducir para efectos de I.S.R. e I.E.T.U. hasta $ 175,000 más I.V.A. Si tu automóvil tiene un precio mayor, debes determinar el porcentaje que representa estos $ 175,000.00 con respecto al precio real y en esa proporción hacer deducible todos los gastos que se generen por ese auto (depreciación, gasolina, intereses, tenencia, seguro, mantenimiento, etc).

Así también, el I.V.A. se acreditará en esta misma proporción.

SALUDOS

respondido 14/Jun/11 09:29

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jfrida
25773533

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pregunta realizada: 13/Jun/11 11:41

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última modificación: 14/Jun/11 19:49