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Buenas tardes mi pregunta es referente a la nueva resolución miscelanea que salió el día de hoy 1-jul-2011 en la que señala en qué casos se puede tener como domicilio fiscal la casa habitación. Mi pregunta es la siguiente, hay muchas personas que tienen su domicilio fiscal en su casa habitación pues no tienen local y desde hay realizan todas sus actividades, en este caso que es lo que va a suceder? Ni modo que rente un local por esa situación. Si alguien me puede apoyar se los agradecería y a partir de que fecha se aplica. Gracias a todos |
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Que tal. Con respecto a tu pregunta la respuesta es la siguiente: La Resolución Miscelánea, dado que no atraviesa por todo el proceso legislativo requerido, no es una Ley. La Resolución miscelánea únicamente crea derechos para los contribuyentes, mas no obligaciones. Por lo tanto tu fundamento para que se consideres como domicilio fiscal tu casa habitación lo menciona el Art. 10 fracc I inciso b). Las RM tienen vigencia como máximo de un año y aplican desde el momento de su publicación en el DOF. EL fundamento lo encuentras en el Art.33 fracc I inciso g). Saludos! |