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Un proveedor me pide que le haga el cheque y que la factura me la entregará al día siguiente. Es de confianza y estoy dispuesto a aceptar, pero no se si hay algun problema si el cheque tiene una fecha y la factura tiene fecha del día siguiente. |
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El Art. 31 LISR enlista los requisitos de las deducciones. La frac. XIX da plazo hasta el último día del ejercicio para reunir los requisitos, y tratándos de los comprobante (la factura) te da hasta el 31/Marzo del siguiente ejercicio (o cuando debas presentar tu declaración anual). El siguiente párrafo de la misma frac. XIX dice que si son anticipos, tienes hasta el 31/Dic del siguiente ejercicio. En conclusión, no tienes problema si te entregan la factura en los días siguientes. |
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