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Buenas tardes, antes que nada, Feliz Año Nuevo a toda la comunidad, mi duda es la siguiente

El año pasado salio en las reformas a los art. 29, 29a, 29b...se publico de que a partir del 1 de enero de 2012 ya no podrán expedir comprobantes con CBB por operaciones menores a $2,000, todos aquello contribuyentes mayores a los 4 millones.

Ahora bien, en las RMF para 2012 que se publico el 28 de diciembre me dice que de enero a junio será válido expedir comprobantes con CBB por operaciones menores a $2,000.00, en una interpretación al transitorio.

Si aplica el transitorio, puedo expedir comprobantes CBB menos a $ 2,000 si soy contribuyentes con operaciones mayores a los 4 millones hasta el 30 de junio.

preguntado 05/Ene 17:01

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Vale_Coronado21
1111


Hola:

Si claro que puedes.

Si puedes expedir comprobantes con CBB pero estos no pueden superar los $2,000.00, y pues estarías limitándote a ti mismo tu crecimiento como empresa, lo más recomendable es que te subas al cambio de los comprobantes fiscales digitales por internet, para que te empieces adaptar, aparte son más baratos que los de papel, más seguros.

Pero si necesitas facturar un ingreso mayor a los 2000 tendrías que expedir factura electrónica

Te recomiendo que primero veas varias opciones sobre que te conviene más, ya que puedes contratar un proveedor de servicio de facturación y puedes comprar un sistema de facturación

si tienes mucho volumen de facturas de conviene un sistema, si no, te conviene un proveedor de ese servicio.

Saludos

respondido 24/Ene 10:27

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jfrida
22523532

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pregunta realizada: 05/Ene 17:01

pregunta vista: 428 veces

última modificación: 24/Ene 10:27