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conforme al articulo 7 parrafo 3 de la ley del impuesto a los depositos en efectivo vigente, lo correcto es la compensacion o inclusive podria ser solicitado en devolucion como lo menciona en el parrafo 4, ahora con el sistema de declaraciones y pagos te conviene una compensacion pues ya no tienes la obligacion de entregar el formato de compensacion, basta con mandar los archivos del programa electronico F3241 via web. Saludos!!! |
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